Por ser afiliado/a jubilado/a podés acceder a través de nuestra Secretaría de Previsión el servicio de gestoría previsional, asesoramiento jurídico y representación judicial de manera totalmente gratuita.
Requisitos
Ser afiliado/a jubilado/a del Sindicato de Empleados de Comercio de Capital Federal y tener la cuota al día
Cómo accedo al beneficio
Te invitamos a acercarte personalmente a la Secretaria de Previsión, ubicada en nuestra sede de Bmé. Mitre 970, sin turno previo, de lunes a viernes de 10 a 18 hs; donde podrás recibir asesoramiento profesional en las siguientes gestiones:
Área de atención al Jubilado/a:
Trámite de pase de activo/a a jubilado/a para que puedan continuar siendo parte del gremio y así poder disfrutar todos los beneficios que ofrece el Sindicato Empleados de Comercio de Capital Federal.
Asesoramiento en la creación de usuario SEC, para la solicitud de beneficios por medio de la web o app “SoySEC”; invitación e inscripción a eventos y/o capacitaciones del SEC.
Área de Gestoría (ULAT- ANSES):
Gracias a un convenio firmado con ANSES, nuestro Sindicato se suma como sede de gestoría, a través de la cual se realizan diversos trámites de la Seguridad Social, de manera directa y personal sin necesidad de sacar turnos o tener grandes demoras.
Se podrán realizar las siguientes gestiones: Cambio lugar de cobro jubilaciones y pensiones; consultar recibo de haberes; inicio de trámites de jubilaciones y pensiones, reclamos administrativos ante el mismo organismo, entre otros.
Área Bluecorp:
Se realizan tareas de control de liquidaciones abonadas por ANSES; embargos por pagos de sentencia parcial; control de sentencias desfavorables, corrección de liquidaciones observadas y liquidaciones de primer proveído durante el proceso judicial.
Área Judicial:
A través de nuestro cuerpo de abogados/as especializado en el área se lleva adelante el asesoramiento jurídico gratuito y la representación judicial a los/as jubilados/as activos/as y familiares a cargo para el inicio y seguimiento de juicios de reajuste de haberes jubilatorios y de sus respectivas pensiones.
Se proporcionará a nuestros adultos mayores información básica y requisitos para el inicio del reclamo administrativo / judicial de reajuste de haberes jubilatorios y se otorgará un turno de atención al que deberá acercarse con toda la documentación requerida. El día del turno, contando con la documentación COMPLETA, se efectuará el cálculo y se brindará respuesta acerca de la conveniencia o no del inicio de la acción judicial.
ETAPAS DEL PROCESO - JUICIO DE REAJUSTE DE HABERES JUBILATORIOS
1. RECLAMO ADMINISTRATIVO
Inicia al contar con toda la documentación requerida en los formularios.
Se realiza una LIQUIDACIÓN donde se ingresan todos los parámetros legales de una suma positiva en concepto de ajuste.
Instancia NO judicial. Se inicia ante la ANSES.
Del reclamo presentado surgirá una DENEGATORIA ADMINISTRATIVA, que será enviada al domicilio del afiliado notificándole que ANSES no va a reajustar el haber jubilatorio.
2. ACCIÓN JUDICIAL
Inicia ante la denegatoria del trámite administrativo.
La etapa administrativa previa tiene una demora de 3 a 6 meses, y el juicio, entre 5 y 8 años, dependiendo de las veces que la ANSES apele las sentencias y cuánto demore en abonarlas.
Con sentencia firme y ya sin posibilidad de apelación por parte de ANSES, comienza la etapa de ejecución de sentencia.
ANSES TENDRÁ 120 DÍAS HÁBILES para cumplir con la sentencia de reajuste, y una vez cumplido dicho plazo estaremos en condiciones de hacer un nuevo cálculo y solicitar el efectivo cumplimiento de la sentencia obtenida.
3. COBRO
ANSES podrá abonar directamente la suma fijada por el Juez.
Cumplido el plazo señalado, y ante la falta de este pago, se dará lugar al pedido de embargo de las cuentas de la Administración.
Una vez que esté trabado el embargo, se solicitará al afiliado un certificado de CBU emitido por la entidad bancaria donde cobra el beneficio para que se realice la transferencia a su cuenta personal.